Como comentamos en un artículo anterior, . En verdad, en 2016 solo obtuvieron asilo propiamente dicho unas 355 personas, al tiempo que los demás beneficiarios (unos 6.500) fueron ciudadanos sirios, a quienes se les otorgó la llamada protección subsidiaria. cita previa huellas
No obstante, si te niegan la solicitud de asilo en España no quiere decir que hayas alcanzado el fin del camino. Existe la posibilidad de intentar los correspondientes recursos administrativos y contencioso-administrativos. Además de esto, aunque no seas adjudicatario del asilo, podrías optar, si cumples los requisitos, a un permiso de vivienda y trabajo. Te lo explicamos a continuación.
El procedimiento para solicitar protección internacional (asilo o protección subsidiaria) una vez que la persona se halla en España, tiene varios pasos:
El primero es presentar la petición frente a la oficina de extranjería o ante la comisaría de policía nacional correspondiente.
A continuación, el gobierno de España va a decidir –usualmente en el plazo de un mes- si la acepta o no a trámite. pedir cita para renovar nie
La mayoría de los casos son aceptados a trámite, puesto que las causas de inadmisión son muy reducidas (que te hayan negado el asilo anteriormente, por ejemplo). Esta admisión a trámite no se pronuncia para nada sobre el fondo del tema, es decir, sobre si procede o bien no la protección internacional. Simplemente significa que el Estado va a estudiar tu caso, conforme con tus que hayas presentado.
No obstante, esta admisión a trámite tiene importantes consecuencias. En efecto, te emiten una , que tiene un número de identificación de extranjero y te autoriza a residir en España legalmente mientras se decide tu caso. Si a los 6 meses no lo han resuelto, te renuevan dicha tarjeta por un plazo igual y expresamente te autorizan a trabajar, tanto por cuenta extraña como por cuenta propia (autónomo). Esta renovación se repite hasta que resuelven tu caso claramente.
Luego de una o varias prórrogas de la tarjeta roja, el Ministerio del Interior emite una resolución aceptando o bien rechazando la solicitud de protección internacional (asilo o protección subsidiaria). Se trata de un acto administrativo motivado, en el que se explican las razones por las cuales se otorga o no el refugio.
Frente a la citada resolución que decide desfavorablemente tu petición de protección internacional, tienes múltiples caminos:
Si estás conforme con el no otorgamiento de la petición de asilo, puedes sencillamente acatarlo. En un caso así, puesto que ya te hallarás en situación irregular en España, tienes 15 días continuos para desamparar en forma voluntaria el país. Si no sales de territorio español de forma voluntaria dentro de dicho plazo, te pueden abrir un procedimiento sancionatorio, que culmine con una orden de expulsión.
Por el contrario, si no estás conforme con la denegatoria de la solicitud de asilo, puedes presentar un recurso de reposición, dentro del mes natural siguiente contado desde la data en que te avisaron la denegatoria. La decisión del recurso puede tardar múltiples meses. Si la resolución del recurso es asimismo negativa, puedes procurar una demanda ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que asimismo toma un tiempo para ser tramitado (generalmente entre seis meses y un año). En este caso, solo si declaran sin sitio el recurso y esta decisión judicial queda claramente firme es que te abrirían un procedimiento de expulsión.
En otras palabras, la expulsión en los 2 supuestos que mentamos anteriormente, no es automática, sino precisa de un procedimiento administrativo adicional, que puede tomar ciertos meses más. Por su parte, contra la decisión acordando la expulsión, puede procurarse tanto un recurso administrativo de reposición o de alzada, conforme el caso y, si la resolución del recurso es confirmatoria, una demanda ante la jurisdicción contencioso administrativa.
Estamos hablando, en consecuencia, de un largo proceso que puede tardar de manera fácil un par de años. Es recomendable que lo tengas en cuenta si, por poner un ejemplo, piensas en solicitar un permiso de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales por arraigo social (te invitamos a que leas nuestro artículo “”).